Santa Fe lanza un nuevo sistema simplificado para la devolución de saldos a favor en Ingresos Brutos

La Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe implementó un nuevo mecanismo para agilizar la devolución y/o compensación de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, generados a través de regímenes de percepción y retención anticipada.

Este nuevo Procedimiento Simplificado de Devolución y/o Compensación (PSDC), establecido mediante la Resolución General API N° 19/2025, estará disponible hasta el 30 de septiembre de 2025 y está dirigido a contribuyentes que cumplan con ciertas condiciones específicas.

¿Quiénes pueden acceder al régimen?

Para hacer uso de este procedimiento, los contribuyentes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar inscriptos en Ingresos Brutos en Santa Fe.
  • Poseer una calificación de “Sin riesgo fiscal” o “Riesgo Fiscal 1” según la API.
  • No contar con apremios fiscales activos ni procesos judiciales o administrativos en curso.
  • No estar atravesando una quiebra, concurso preventivo o proceso de disolución.
  • No haber presentado declaraciones juradas rectificativas que disminuyan base o alícuotas.
  • No tener una solicitud de repetición o gestión de devolución en trámite (en caso de haberla, deberá desistirse formalmente antes de ingresar al PSDC).
  • No estar incluido en planes de facilidades de pago ni haber accedido al régimen de regularización de activos bajo Ley N° 14386 (RG N°11/2025).
  • No haber obtenido una devolución por este medio en los 60 días previos a una nueva solicitud.
  • El saldo a favor debe provenir exclusivamente de retenciones o percepciones.

Montos máximos y límites según nivel de riesgo fiscal

El monto a devolver se calculará en función de la categoría asignada por la API:

  • Contribuyentes sin riesgo fiscal:
    • Hasta $2.000.000: se admite la devolución total.
    • Más de $2.000.000: se reintegra hasta el 70 %, con un tope de $5.000.000.
  • Contribuyentes con Riesgo Fiscal 1:
    • Hasta el 50 % del saldo, con límite también de $5.000.000.

Pasos para solicitar la devolución

  1. Ingresar al sitio oficial de API Santa Fe (www.santafe.gov.ar/api) y dirigirse a la sección “Gestión de Devoluciones”.
  2. Completar la solicitud y declarar el/los CBU correspondiente/s.
  3. Ante inconsistencias, se notificará al contribuyente para subsanar errores.
  4. Una vez aprobada, se comunicará el Saldo a Favor Autorizado y el monto aplicable para compensación. La aceptación implicará la renuncia a cualquier reclamo administrativo o judicial relacionado.
  5. Presentar, si corresponde, una declaración jurada rectificativa.
  6. Luego de la validación por parte de API, se emitirá la orden de pago.

Es importante señalar que este régimen no contempla condonaciones de intereses ni sanciones, y que la Administración conserva su capacidad de fiscalizar los períodos involucrados.

Para mayor información, se puede consultar el texto completo de la Resolución General API N° 19/2025, publicado en el Boletín Oficial el 27 de marzo de 2025.